Tuesday, August 10, 2010

La Gran Inquietud Impositiva – Parte 1

Aunque algunos entenderán que es bueno saberse sus derechos, a veces solo dan dolores de cabeza.

En nuestro querido paisaje, toda persona que gane una suma por encima de los RD$290,243.01 pesos anuales deberá pagar un 15% de impuestos. (Esa suma fue obtenida luego de haber consultado el Código Tributario que está en la página de la DGII, actualmente la suma es mayor.) En la práctica no se espera hasta el final del año fiscal para cobrar dicho impuestos, sino que se hace mensual para así evitar privar a los candidatos a dicha deducción de un salario completo durante un mes. Por lo que en la práctica todo aquel que gane más de RD$24,186.90, pagara impuestos mensualmente. (Reitero esta es una suma vieja, actualmente está alrededor de 29 mil pesos mensuales.)

Como podrán entender saber a quién cobrarle dicho impuesto es sumamente fácil cuando dicha persona tiene un salario fijo, sin embargo no es lo mismo si la persona cobra por horas, o tiene un salario que fluctúa dependiendo del mes. Cuando es por hora se pueden dar cuatro posibilidades:

1. La persona por lo general gana más de la suma mínima para pagar impuestos y por ende los paga mensualmente.

2. Dicha persona por lo general gana más de la suma mínima, pero en un mes dicho no obtuvo la suma mínima (porque trabajo menos, no necesariamente porque falleció) y por ende no se le aplica el impuesto ese mes.

3. Dicha persona gana menos de la suma mínima, por lo que no paga dicho impuesto. (Así como yo)

4. Dicha persona por lo general gama menos de la suma mínima, pero en un mes dado trabajo más y logra sobrepasar los 24 mil pesos, y por ende dicho mes le cobran impuestos. (Así como yo)

Como podrán entender si ocurren los supuestos numero 2 o 4 hay ciertos inconvenientes. Empezare con el 2. En este caso tenemos un infeliz que por lo general paga su impuesto mensualmente ya que al final del año termina ganando más de los 290 mil pesos necesarios. Sin embargo, hubo un mes que el mismo no pudo trabajar, por lo que ya no obtendrá un excedente sobre los 290 mil pesos, por lo que no puede seguírsele cobrando dicho impuesto mensualmente. Este simplemente no llegara a los 290 mil pesos mínimos.

Por otro lado está mi caso, que viene siendo el número 4, un empleado como yo, ni se acercara a los 290 mil pesos necesarios para tener que pagar impuestos. Sin embargo un mes puede ser que sobrepase los 24mil pesos mensuales, y como es de costumbre, su empresa le retiene el monto del impuesto instantáneamente. En casos así, no me opongo que cada vez que un empleado pase el sueldo mensual mínimo para cobrar impuestos se le haga la deducción, puesto que a la DGII no le importa como este obtuvo dicho ingreso, y prefiero que lo hagan de manera mensual, a que esperen si el empleado alcanzara los 290 mil pesos al final del año fiscal, de cumplirse dicho supuesto al empleado le deducirían del monto total anual, lo cual sería un gran dolor de cabeza.

Es aquí donde surge la inquietud, en ambos casos, si el empleado no logra alcanzar el monto mínimo anual para cobrarle dicho impuesto, la DGII le devuelve su dinero? Según el Código, la persona afectada podrá hacer una reclamación, pero de verdad funciona esto? Me gustaría que alguien que sepa de esto de su criterio, y si tiene conocimiento factico hasta mejor.

Algunos dirán “Amaury, que importan que te deduzcan algo de impuestos, total solo lo hacen un mes, y ni tanto es, azaroso.” A lo cual tengo que responder que me molesta pagar impuestos, y por ende no me gustan dichas deducciones.

Esta molestia ocurre por 4 razones:

1. Amaury ve cada día como se invierten de manera totalmente estúpida sus impuestos. (Todo el mundo ha visto en que andan nuestros queridos Funcionarios.)

2. Simplemente es injusto. Como me dirá a mí el Estado que no robe porque está prohibido por ley, cuando este no tiene autorización por ley para quitarme mi dinero, entiendo yo que este me está robando, por ende como este no cumple la ley, yo tampoco debería cumplirla, y por ende debería salir a robar. De hecho me imagino en el acto “joven esto es un atraco, deme las joyas, celular, y cartera… por favor”

Ahora las dos razones que más me molestan y para mi más importante.

3. La DGII simplemente no sabe lo que tuve que hacer para obtener un excedente en dicho mes que permitió que estos utilizaran el método práctico para deducir de mi salario, así que lo explicare. En mi caso, como gano por hora, para lograr obtener un excedente a los 29 pesos mensuales (que está más cercano a la cifra actual) primero debo olvidarme de mi calidad de humano (que por cierto cuestiono todos los días) y trabajar todos los días del mes, por lo que un día libre se convierte en el mero sueño de un infeliz, además debo trabajar horas extras durante la semana. Esto es lo que la DGII no ve, esta no ve como un supuesto ser humano debe internarse en su trabajo para lograr dicho excedente.

4. Cada vez que me deducen de mi salario, me están reduciendo mi capacidad de compra, y por ende limitando la cantidad de cervezas que podría consumir dicho mes. Considerando que no bebo mucho, y me embriago fácil, y que dicho estado me produce felicidad, concluyo que al cobrarme impuestos en dicho mes sobre mi salario coartan mi felicidad, lo que es un atentando contra mi salud mental.

Para concluir, no me molesta que me deduzcan mensualmente el impuesto sobre el excedente, ya que esa es la práctica, pero me gustaría estar consciente de que si pongo una reclamación a final del año, porque no alcance el monto mínimo anual, dicho dinero se me devolverá. Considerando que no espero con dicha devolución, afirmo lo del inicio, saberse sus derechos da dolor de cabeza. Si no supiera la base legal de dicha deducción impositiva, los pagaría sin quejarme.

La Segunda Parte Vendrá Cuando Cobre al final del mes, y vea dicha deducción, y la tercera a final del año cuando intente hacer la reclamación.